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Transporte de Mercancías31 de agosto de 2026

Traslados de mercancía sin venta en Intrastat: almacenes propios y call-off stock

Traslados de mercancía sin venta en Intrastat: almacenes propios y call-off stock

Hay un caso que descoloca a casi todas las empresas la primera vez que aparece: un camión sale de España cargado hacia Alemania, Francia o Países Bajos, cruza la frontera... y no hay ninguna factura de venta. La mercancía viaja a un almacén propio, a un depósito del cliente o a una plataforma logística contratada, y solo se venderá semanas después. La duda es inmediata: ¿eso se declara en Intrastat?

La respuesta corta es que , en la inmensa mayoría de los casos. Y el motivo está en la naturaleza misma de la declaración.

Intrastat mide movimientos físicos, no facturas

Conviene recordar el marco antes de entrar en el detalle. Intrastat es una declaración estadística —no tributaria— que se presenta ante la AEAT para medir el comercio de mercancías entre Estados miembros. Su umbral de exención es de 400.000 € anuales, aplicable por separado en introducción (compras o entradas desde la UE) y en expedición (ventas o salidas), el periodo es el mes natural y se presenta en los primeros 12 días naturales del mes siguiente. Tienes el detalle completo en la guía de Intrastat 2026.

La clave está en la palabra estadística. Lo que interesa al sistema no es cuándo emites la factura, sino cuándo la mercancía cruza la frontera. Por eso los traslados sin venta entran en la declaración: hay un flujo físico real de bienes entre dos países de la UE, y ese flujo forma parte de la estadística de comercio exterior aunque la propiedad no haya cambiado de manos todavía.

Esto marca una diferencia importante con el modelo 349, que es la declaración tributaria de operaciones intracomunitarias (sin umbral, plazo en los primeros 20 días del mes siguiente) y sigue la lógica del IVA. Son obligaciones distintas y ninguna sustituye a la otra: puedes tener un mes con movimiento en Intrastat y sin operación en el 349, o al revés. Lo vemos en detalle en Intrastat vs modelo 349.

Los tres supuestos más habituales

1. Traslado a almacén propio en otro Estado miembro. Envías stock a tu propia nave o a un operador logístico en Francia para servir desde allí a tus clientes locales. No hay venta, pero sí expedición: se declara en el mes en que sale la mercancía. A efectos de IVA suele tratarse de una transferencia de bienes propios asimilada a una entrega intracomunitaria, con las obligaciones de registro que corresponda en destino; a efectos de Intrastat, simplemente es una salida más.

2. Call-off stock (existencias de reserva). Colocas mercancía en el almacén de un cliente concreto, que la va retirando según la necesita y solo entonces se factura. El régimen de call-off stock difiere el devengo a efectos de IVA, pero no difiere el Intrastat: el movimiento físico se declara cuando cruza la frontera, no cuando el cliente retira el material. Este desfase entre lo declarado en Intrastat y lo facturado es una de las causas más frecuentes de descuadres al final del ejercicio.

3. Material en depósito, consignación o exposición prolongada. Similar al anterior: mercancía que se envía a la espera de venta. Se declara la salida y, si vuelve sin venderse, el retorno se declara como introducción con el código correspondiente.

Cómo rellenar la declaración cuando no hay factura

Aquí está la parte práctica. Sin factura de venta no tienes un importe que copiar, y varias casillas cambian:

  • Valor estadístico: debe consignarse el valor que la mercancía tendría en una operación normal —coste de producción o precio de mercado—, incluyendo transporte y seguro hasta la frontera española. Recuerda que el valor estadístico no es el importe facturado ni siquiera cuando existe factura; lo explicamos en valor estadístico en Intrastat.
  • Naturaleza de la transacción: no es una compraventa en firme, así que no procede el código 10. Hay que usar el código específico según el tipo de movimiento (operaciones sin contrapartida, envíos con vistas a venta posterior, etc.). Puedes repasar el criterio en naturaleza de la transacción y régimen estadístico.
  • Resto de casillas, sin cambios: código NC8 de la Nomenclatura Combinada, peso neto, unidades suplementarias, país de origen o destino, Incoterms y modo de transporte se consignan igual que en cualquier otra partida.

El error que más caro sale

El fallo típico no es rellenar mal una casilla: es no declarar nada. Como el departamento de administración trabaja a partir de las facturas emitidas y recibidas, un traslado sin factura sencillamente no aparece en el listado del mes y se queda fuera de la declaración. El resultado es una declaración incompleta que, además, descuadrará frente al inventario y frente a la declaración de retorno si la mercancía vuelve.

Y esto tiene consecuencias: presentar Intrastat fuera de plazo, de forma incompleta o con errores constituye una infracción administrativa grave conforme a la Ley de la Función Estadística Pública, graduada según el importe de las operaciones. Ten en cuenta también que, si estás dado de alta, la declaración sin operaciones es obligatoria aunque un mes no haya ningún movimiento.

La solución práctica pasa por no depender solo del libro de facturas: cruza cada mes las salidas y entradas de almacén con los albaranes de transporte y con la contabilidad, y marca desde el origen los envíos que viajan sin venta.

Si prefieres quitarte esta obligación de encima, en Cargoback nos encargamos de todo con nuestro servicio de presentación de Intrastat: revisamos tus movimientos —incluidos los traslados sin factura, que son justo los que se escapan—, clasificamos cada partida y presentamos en plazo ante la AEAT. Trabajamos con cualquier empresa obligada, seas o no cliente de transporte, con tarifa plana mensual según volumen de facturas y sin permanencia. Escríbenos y te respondemos en menos de 2 horas hábiles.

Esta guía es informativa y resume la normativa vigente; confírmalo con nosotros o con tu asesoría fiscal antes de tomar decisiones.

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